21.- El cedente da a Ansorena
el pleno y absoluto derecho a fotografiar e ilustrar cualquier
lote que se vaya a subastar, y a usar dichas fotografías
a su absoluta discreción.
22.- Admitimos objetos de arte
para subasta, previo estudio y tasación de los mismos que
efectuaremos gratuitamente. El propietario de un lote, caso de
no haberse adjudicado, deberá retirarlo de Ansorena en
un plazo no superior a treinta días, o en su defecto pagará
almacenaje. 5% anual, siendo el tiempo máximo de seis meses,
pasado este tiempo será sacado a pública subasta
en un precio inferior y la sala cobrará los gastos correspondientes.
El importe de cada lote se pagará a los treinta días
de pasada la subasta.
23.- Los gastos de inclusión
en el catálogo serán los siguientes:
|
Entre 6 y 20 Euros
|
3 Euros
|
|
De 30 a 149 Euros
|
6 Euros
|
|
De 150 a 299 Euros
|
9 Euros
|
|
De 300 a 599 Euros
|
12 Euros
|
|
De 600 a 1.199 Euros
|
18 Euros
|
|
De 1.200 a 2.999 Euros
|
30 Euros
|
|
De 3.000 a 5.999 Euros
|
90 Euros
|
|
De 6.000 Euros en adelante
|
120 Euros
|
24.- Los objetos de arte, serán
asegurados por Ansorena, siendo a cargo del cedente los gastos
correspondientes, el cual será un
0.50%
25.- Todo lo incluido en nuestros
catálogos, no podrá ser retirado en ningún
caso, sin el consentimiento de Ansorena y aún llegando
a un acuerdo de retirarlo tendrá que abonar un 20% sobre
el precio de salida.
26.- La comisión de
Ansorena será a convenir en cada caso, y estará
incrementada por los impuestos correspondientes a esta comisión,
más gastos y seguro.
27.- En caso de transcurridos
15 días después de la subasta, el comprador no hubiera
abonado el lote, Ansorena podrá anular la operación
devolviendo el lote al cedente u obrar por la acción judicial
como incumplimiento de contrato, siendo a cargo del comprador
los gastos que se originen.
28.- La sala se reserva el
derecho de admitir o rechazar, por causas razonables, los objetos
o lotes que le sean ofertados para subasta. Una vez admitidos
los pertinentes objetos, según le sean entregados por el
propietario y/o vendedor, la sala se constituirá en depositaria
de los mismos. De igual modo, procederá a su expertización
y tasación por personal cualificado, así como a
su restauración, enmarcado, obras de conservación
y/o limpieza, todo ello en medida que se le sea solicitando por
el depositante.
El precio de las operaciones o servicios antedichos, le será
satisfecho a Ansorena, a discreción de la misma, de forma
anticipada y separada, por el propietario y/o vendedor; o bien,
el correspondiente importe será detraído por la
propia Sala, al efectuar al propietario y/o vendedor la liquidación
del objeto u obra, una vez que éstos hayan sido subastados
y adjudicados.
29.- Si algún propietario
lo solicita, Ansorena puede desarrollar una campaña, de
publicidad, tendente a la promoción del objeto u obra a
subastar. Los precios de dicha campaña, serán convenidos
adecuadamente y abonados por el propietario y/o vendedor.
30.- Si el objeto u obra no
se adjudica en la sesión prevista a tal fin, el depositante
podrá ordenar, dentro de los dos meses siguientes a tal
sesión, que se saquen de nuevo a subasta; o bien, retirar
tales objetos u obras, abonando los gastos y servicios relacionados
en las Condiciones Segunda y Tercera.
Si el depositante no actúa o no da instrucciones a la Sala,
dentro del plazo arriba indicado, sobre cualquiera de las alternativas
indicadas en el párrafo precedente, se entenderá
que el objeto u obra de arte queda en poder de la Sala para que
ésta, como mediadora, pueda proceder a su venta directa,
o mediante subasta cuyo precio de salida será fijado prudentemente
por la Sala.
31.- La Sala presume que el
depositante/vendedor tiene la capacidad legal necesaria para contratar
y el poder de disposición sobre los bienes objeto de subasta.
32.- El depositante/vendedor
autoriza a la Sala para que, del precio de adjudicación,
deduzca, en su caso, los gastos en que se incurra hasta el momento
en que la subasta se produzca, así como los impuestos correspondientes
a estos gastos.
Los aludidos gastos serán satisfechos a Ansorena de conformidad
a cualquiera de las alternativas previstas en estas Condiciones
Generales.
33.- Si los lotes no fueran
adjudicados en la subasta, y el depositante no ordenase que saquen
de nuevo a subasta, éste los debe retirar, en todo caso,
dentro del plazo de un mes, si no fuera así, ni se acuerda
una nueva cifra de salida, la Sala podrá volver a ponerlos
en subasta con un precio de salida igual a la mitad del anterior,
sin estar obligada a previo aviso.
34.- La Sala liquidará
al vendedor la cantidad que corresponda, después de las
deducciones por gastos, corretaje e impuestos, a partir de los
treinta días siguientes a la fecha en que se celebra la
subasta, siempre que el lote esté abonado por el comprador.
En el supuesto de producirse falta de pago por parte del adjudicatario
o comprador, se aplicarán las previsiones contenidas en
la condición precedente.
35.- A los vendedores de obras
de arte cuyos autores estén representados por VEGAP "Entidad
de Gestión de Artistas Plásticos" se les retendrá
el 3% sobre el valor de adjudicación, según se estable
en los artículos 4 y 5 del Real decreto 1434/1992 de 27
de Noviembre.